ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN
Consejo Asesor (Art. 8)
Composición
- El funcionario que ocupe el puesto correspondiente de la Unidad de Análisis y Evaluación, que actuará como secretario.
- El Director de la Inspección de Educación.
- El Director del Centro de Formación, Evaluación y Calidad.
- Un representante de la Universidad de Zaragoza.
- Dos representantes de las federaciones de asociaciones de padres y madres, uno por cada sector de enseñanza, público y privado concertado.
- Un representante del profesorado por cada uno de los sindicatos con representación en las mesas sectoriales tanto de la enseñanza pública como de la enseñanza privada concertada.
- Un representante de la asociación de estudiantes más representativa del sector.
- Un representante de la patronal de la enseñanza privada concertada.
Funciones
- Conocer e informar de los planes anuales de evaluación y las correspondientes memorias anuales, así como cuantos informes de evaluación se publiquen por parte del Centro de Formación, Evaluación y Calidad sobre sistema educativo de Aragón.
- Sugerir y proponer líneas generales de trabajo para el Centro de Formación, Evaluación y Calidad que se concretarán en
su planificación en función de su viabilidad y coherencia con las políticas de educación marcadas por el Departamento competente.
Comisión Técnica (Art. 9)
Composición
- Cada uno de los Directores Generales del Departamento con competencias en materia de educación no universitaria, o personas en las que deleguen.
- El director de la Inspección de Educación o, por delegación, uno de los inspectores de educación autonómicos.
- Un representante de la Universidad de Zaragoza, designado por la misma entre el profesorado experto en métodos de investigación y diagnóstico en educación.
- Un representante del Instituto Aragonés de Estadística.
- El asesor técnico a cargo de la Unidad de Análisis y Evaluación de la Secretaría General Técnica.
- El director del Centro de Formación, Evaluación y Calidad.
- Dos representantes de la dirección de centros públicos.
- Un representante de las titularidades de centros privados con concierto educativo
Funciones
- Definir las líneas generales de actuación del CEFyCA.
- Elaborar el plan inicial de actuación del citado centro y someterlo a la aprobación de la persona titular del Departamento competente en materia educativa no universitaria.
- Elaborar los planes plurianuales de evaluación general del sistema educativo en Aragón, teniendo en cuenta las directrices del Departamento competente en materia educativa y las sugerencias y propuestas que emita el Consejo Asesor.
- Establecer las directrices del plan anual de actividades de evaluación del sistema educativo de Aragón y aprobarlo.
- Proponer y someter a la aprobación de la persona titular del Departamento competente en materia educativa no universitaria, los estudios de evaluación del sistema educativo propuestos por los distintos órganos directivos de dicho Departamento, siempre en el
marco de los planes plurianuales o anuales referidos en los incisos anteriores.
- Decidir y aprobar la participación en evaluaciones de carácter interautonómico, estatal e internacional.
- Valorar y aprobar anualmente la memoria de actividad del CEFyCA, así como hacer propuestas de trabajo para el siguiente plan anual.
- Proponer al titular del Departamento competente en materia de educación no universitaria medidas dirigidas a mejorar la calidad del sistema educativo en Aragón.
- Dentro del marco de las actuaciones de evaluación contempladas en los planes correspondientes, velar por el cumplimiento del ordenamiento jurídico y por el respeto al principio de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, todo ello sin perjuicio de las competencias al respecto de otras instancias de la Administración Educativa.
- Cualesquiera otras funciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos del CEFyCA, así como aquellas que le sean atribuidas por disposición legal o reglamentaria.
ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE COORDINACIÓN
Consejo Rector (Art. 8)
Composición Art. 9
- Director del CEFyCA que será quien presida el Consejo Rector.
- Dos de las personas que ocupan las asesorías del CEFyCA, elegidas entre los miembros del equipo docente.
- El inspector o inspectora de referencia del CEFyCA u otro que designe la dirección del Servicio Provincial del Departamento de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza.
- La persona que ejerza la jefatura de la Unidad de Análisis y Evaluación de la Secretaría General Técnica del Departamento.
- Un representante del personal de administración y servicios (PAS) adscrito al CEFyCA.
- La secretaria o secretario del centro que ejercerá la secretaría del Consejo, con voz, pero sin voto.
Funciones Art.10
- Proponer líneas y planes de actuación del CEFyCA a la Comisión Técnica.
- Valorar las líneas y planes de actuación del CEFyCA propuestas por la Comisión Técnica y, si lo estima conveniente, trasladar a dicha Comisión informe sobre su valoración.
- Elaborar estrategias y coordinar orientaciones y criterios metodológicos para las actuaciones que deba llevar a cabo el CEFyCA.
- Impulsar la participación del profesorado, centros educativos, red de formación, Inspección de Educación y de la propia Administración en las actuaciones del CEFyCA.
- Evaluar y aprobar, cada curso escolar, la programación de actividades y la memoria del centro, sin perjuicio de las competencias de la Comisión Técnica y, en relación con la planifcación y organización técnico-pedagógica, del Equipo docente del centro.
- Aprobar la cuenta de gestión del CEFyCA.
- Aprobar las normas de organización y funcionamiento del CEFyCA propuestas por la dirección y el equipo docente, conforme a lo establecido en la presente Orden.
- Cualquier otra función que le sea atribuida por la normativa vigente y las normas de organización y funcionamiento del centro.
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